Quienes Somos
La actividad fiduciaria de VISIÓN Banco S.A.E.C.A. surge de la necesidad de canalizar nuevas oportunidades de Negocios en la Institución ampliando la gama de productos y servicios, utilizando los novedosos instrumentos bursátiles del presente, realizando operaciones fiduciarias, para todo género de actividades económicas y desarrollo de grandes proyectos de infraestructura.
Esta actividad estará orientada para dar respuesta a las necesidades de desarrollo de los sectores público y privado.
Nuestra Entidad cuenta con una UNIDAD DE NEGOCIOS FIDUCIARIOS, que cumple las exigencias señaladas en el Art. 19º de la Ley 921/96; con capacidad legal y con la debida experiencia técnica, administrativa y con personal altamente calificado expertos en instrumentación de Negocios Fiduciarios, para la prestación de los servicios en calidad de FIDUCIARIO.
Además los procesos están certificados por las Normas de Calidad ISO 9001:2008, y estamos sujetos a los siguientes controles:
Calificadoras de Riesgos :
- Standard & Poor´s – ( Escala Global)
- Faller-Rate – (Escala Local)
Evaluación Social Integral:
Auditoría de Sistema de Calidad:
Nuestro desafío es dar una atención personalizada en la asesoría, el diseño, la constitución y operación del negocio fiduciario; una alternativa genuina para la gestión de negocios de terceros, ágil y transparente, seguros y rentables
Misión de la Unidad
La misión de la UNIDAD DE NEGOCIOS FIDUCIARIOS a través de la Gerencia de Fideicomisos de VISIÓN Banco S.A.E.C.A, consiste en satisfacer las necesidades de servicios a través de los negocios fiduciarios, en el mercado nacional y regional, con el fin de generar beneficios a los potenciales clientes, siendo los puntos fundamentales:
Generar negocios fiduciarios;
Promover Negocios Fiduciarios orientados al Desarrollo Social;
Mejorar el posicionamiento institucional;
Incrementar el volumen de operaciones,
Generar mayor rentabilidad, y,
Procurar la mejor calidad en el servicio.
Conceptos Básicos
¿Qué son los Negocios Fiduciarios?
La palabra fiducia-fideicomiso significa fe, confianza.
Mediante el Fideicomiso una persona natural o jurídica (fideicomitente) confía a una entidad fiduciaria uno o más de sus bienes, para que cumpla con una finalidad determinada en el contrato. Esta finalidad puede ser en beneficio del mismo constituyente o de otra persona (beneficiario).
El Fideicomiso es un mecanismo elástico, pues permite realizar todas las finalidades lícitas que las necesidades o la imaginación determinen. Como consecuencia del mismo, una entidad especializada y profesional (la fiduciaria), se compromete a realizar su mejor esfuerzo para conseguir la finalidad que le señala su cliente, con los bienes recibidos para el efecto.
La fiduciaria nunca adquiere la propiedad absoluta de los bienes recibidos en fideicomiso.
El Fideicomiso sirve de marco y sustento jurídico para la asignación de beneficios económicos derivados de la propiedad de ciertos bienes, conforme a la voluntad de su dueño y con efectos hacia el futuro. Es un modo de disposición de la propiedad que “ata” los bienes a un destino determinado, en interés de personas distintas de aquellas que recibe la propiedad.
Características
La Confianza.
Se trata de una confianza de doble vía: del cliente hacia la fiduciaria y de la fiduciaria hacia el cliente. Por eso se dice que los negocios fiduciarios son basados en la confianza en consideración a la persona, es decir, basados en el conocimiento del cliente y de la fiduciaria.
Una finalidad para cumplir
Siempre debe haber una finalidad en el Fideicomiso, que debe quedar muy clara cuando se celebra el contrato fiduciario.
Es importante conocer las normas que regulan los derechos de las partes involucradas, las obligaciones de la fiduciaria y las atribuciones de las autoridades que vigilan para que la finalidad se cumpla.
Un gestor profesional
La fiduciaria gestiona y cumple en forma profesional los encargos que le encomiendan sus clientes, en la forma que éstos o la ley le señalen.
Una separación absoluta de bienes
La fiduciaria debe mantener una separación total entre su propio patrimonio y los bienes que le entregan bajo la figura del fideicomiso.
También debe mantener por separado los bienes de cada fideicomiso, evitando así que se confundan.
Por esta razón, la fiduciaria debe llevar cuentas independientes de cada uno de sus negocios y también de su propio patrimonio. Esta es la característica esencial que distingue los negocios fiduciarios de los Financieros. En los bancos y entidades financieras, los recursos que entregan los clientes se contabilizan con el patrimonio de la entidad y con los recursos de los demás clientes.
Partes que intervienen en el Fideicomiso
El Fideicomitente
Es la persona natural o jurídica, que encomienda a la fiduciaria una gestión determinada sobre uno o varios de sus bienes, para el cumplimiento de una finalidad.
El fideicomitente señala en el contrato que celebre con la fiduciaria, las instrucciones a las cuales ésta debe sujetarse para cumplir la gestión encomendada
El Fiduciario.
Sólo pueden ser fiduciarias las entidades especialmente autorizadas por la Superintendencia de Bancos de acuerdo a lo estipulado en la Ley 861 de Bancos y Otras Entidades Financieras.
¿Qué son las fiduciarias?
Las fiduciarias son entidades financieras autorizadas para actuar como tal, con el objetivo de prestar servicios fiduciarios, sujetas a la inspección y a la vigilancia permanente de la Superintendencia de Bancos.
Son profesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta de terceros.
Reciben encargos de confianza, los cuales se desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesores de sus clientes.
¿Qué hacen?
Su función principal es la de cumplir los encargos fiduciarios que adquiera mediante contrato de fideicomiso o de un encargo fiduciario.
El Beneficiario.
También llamado fideicomisario
El beneficiario es la persona en cuyo beneficio se desarrolla el fideicomiso y se cumple la finalidad perseguida. Este beneficiario puede ser el mismo fideicomitente (constituyente) o la persona o personas que éste designe. Puede ser una persona natural o jurídica, de naturaleza privada o pública, nacional o extranjera.
Tipos de negocios fiduciarios
Fideicomiso de Inversión
En el fideicomiso de inversión, el fideicomitente entrega a la fiduciaria una suma de dinero, para que la invierta o la coloque según sus instrucciones, en beneficio suyo o de un tercero designado por él. Esta especie de fideicomiso puede constituirse mediante un contrato de fideicomiso o mediante un contrato de encargo fiduciario. Los fideicomisos de inversión pueden asumir dos modalidades los individuales o los colectivos.
Fideicomiso de Garantía
Es un negocio en virtud del cual el fideicomitente - que generalmente es el deudor, pero puede no serlo - entrega a una fiduciaria uno o más bienes, con el fin de garantizar con ellos, o con su producto, el cumplimiento de una o varias obligaciones, en beneficio de uno o varios acreedores.
Fideicomiso de Administración
Son todos los fideicomisos en que el fideicomitente entrega a la fiduciaria un bien diferente de dinero, para que lo administre en la forma prevista en el contrato.
Pueden ser de emisión de papeles, de reestructuración de empresas, de herencias y de manejo de bienes de incapaces, de seguros de vida, de administración y pagos, inmobiliarios, etc.
Los contratos fiduciarios se clasifican en:
Fideicomiso
El fideicomitente se desprende de la propiedad de los bienes que entrega, sacándolos de su patrimonio. Estos bienes entran a conformar un patrimonio autónomo, que es administrado por la fiduciaria. Esto implica que los acreedores del fideicomitente, cuyos créditos hubieren sido adquiridos después de la celebración del contrato de fideicomiso, no pueden perseguir los bienes entregados en fideicomiso para satisfacer sus acreencias.
Encargo Fiduciario
El fideicomitente conserva la propiedad de los bienes entregados a la fiduciaria. Se trata de una simple administración de los bienes, sin transferencia de la propiedad.
Marco Legal
Ley 921/96 de Negocios Fiduciarios
Resolución 12, Acta Nº 9 del 15-02-2011 – Reglamento de Operaciones Fiduciarias – Superintendencia de Bancos
Nuestras Oficinas
Unidad de Negocios Fiduciarios VISION Banco S.A.E.C.A.
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